Esetepe Fenicios, Inc.
Somewhere, nowhere.
11 de octubre de 2006
Sra. Candy:
Por la presente, y en cumplimiento de la legislación laboral vigente, tenemos que comunicarle que esta Empresa ha tomado la resolución de imponerle una SANCIÓN POR FALTA GRAVE, en relación con las quejas recibidas por su comportamiento y graves acusaciones contra el jefe de personal.
HECHOS
El pasado día 6 de octubre de 2006, el jefe de personal habló a la trabajadora Candy, cuando ésta abrió una ventana sin preguntar, de la necesidad de establecer unos turnos para que todos los compañeros estuvieran lo más cómodos posible, ya que siempre se abren o cierran ventanas y se pone el aire acondicionado al capricho de la trabajadora, generando molestias entre los compañeros que, por su conocido mal carácter, no quieren comentarle.
La trabajadora replicó negándose a tal consenso y diciendo, además, que "no es tu ventana". El jefe de personal replicó que "sí es mía si consideramos que es la que está donde estoy yo", y entonces la trabajadora volvió a replicar diciendo "tú no eres la dueña de la ventana". El jefe de personal, molesto porque no es la primera vez que tiene un altercado de este tipo con la misma trabajadora, respondió "claro, no tengo frío como tampoco podía escuchar la música", refiriéndose a un incidente pasado en el que solicitó a la misma trabajadora que le bajara el volumen a la radio, y ésta respondió de muy malos modos, negándose y acusando al jefe de personal de tirana por querer obligarle a apagar la radio, manipulando claramente la petición del jefe de personal.
El jefe de personal acudió al despacho de laboratorio para completar allí unas tareas y entonces, la trabajadora le siguió para proseguir en su actitud provocadora y decirle:
"y si te molesta la radio, vas a Ricardo y se lo dices si te atreves, que aquí el jefe es Ricardo y se hace lo que él dice, no lo que digas tú"
Cuando el jefe de personal salió del despacho de laboratorio, le recordó a la trabajadora un momento del pasado en el que ésta pidió que no se marcharan ni el jefe de personal ni el jefe de producción (ahora también Dirección), y entonces la trabajadora acusó al jefe de personal de:
- Haberle amenazado y de tener testigos de tal amenaza. Cuando el jefe de personal le pregunta de qué amenaza está hablando, la trabajadora se niega a contestar y se limita a repetir que le ha amenazado y tiene testigos, y que se niega a discutir.
- Manipular al resto de los trabajadores para aprovecharse de ellos y sacarles todo lo que ha querido. El jefe de personal le pide explicaciones sobre esas acusaciones y la trabajadora se niega a darlas, repitiendo que es una manipuladora y que se ha aprovechado de todo el mundo, comparándola con una trabajadora anterior y diciendo que es peor aún.
- La trabajadora le dice también al jefe de personal "tú no eres nadie aquí y no pintas una mierda". "Además, no estás bien, así que si no estás bien ya sabes dónde está la puerta". Ese comentario es especialmente desafortunado, pues alude a una conocida enfermedad que sufrió el jefe de personal, empleando pues asuntos personales de salud delicados en un intento claro por descalificarle. El jefe de personal nuevamente le pide explicaciones sobre lo que ha dicho y la trabajadora se niega a responder.
- La trabajadora también le llama "maleducada", dice que "has sido una maleducada con todos nosotros". Nuevamente el jefe de personal le pide explicaciones, y nuevamente la trabajadora se niega a darlas.
- Además, la trabajadora amenaza al jefe de personal con hablar directamente con los dueños de la empresa "para que se acabe esta situación". El jefe de personal le anima a ello.
- En el fragor de la discusión, el jefe de personal, claramente enojado por las graves acusaciones que se le imputan por las que continuamente pide pruebas y no se le dan, acaba diciéndole a la trabajadora "eres una traidora, vete a la mierda". La discusión finaliza tras las continuadas negativas de la trabajadora a dar explicaciones sobre las acusaciones vertidas que le pide el jefe de personal.
Antes de tomar una resolución, la Dirección de la Empresa le llama para hablar sobre este asunto, y la trabajadora dice que no hablará sobre este tema si no es en el despacho del gerente. Allí, el jefe de personal es preguntado sobre los motivos para llamar "traidora" a esta trabajadora, y el jefe de personal pregunta a Dirección, "¿tengo que contarlo todo? ¿Con todos los detalles?". Dirección asiente y entonces el jefe de personal habla de una situación que se dio el 22 de junio de 2006, situación de la que Dirección, la trabajadora y tres trabajadores más fueron testigo.
El jefe de personal expone los hechos, y la trabajadora termina acusando al jefe de personal de embustera y de estar muy mal de la cabeza como para mentir de esa forma tan descarada.
Estos hechos suponen un claro incumplimiento contractual, estando tipificados como FALTA MUY GRAVE por el artículo 61.9 del Convenio Laboral vigente, que así lo indica:
61.9. Los malos tratos de palabra u obra, abuso de autoridad o la falta grave de respeto y consideración a los jefes o sus familiares, así como a los compañeros y subordinados.RESOLUCIÓN
No es la primera vez que un enfrentamiento de este tipo llega al conocimiento de la dirección, quien había pasado por alto (entre otras) una situación similar anteriormente confiando en la buena fe de la trabajadora, y pese a que el motivo de la falta es calificado como MUY GRAVE por el Convenio Laboral vigente, se considerará como GRAVE por esta Empresa, y la sanción consistirá en SUSPENSIÓN DE EMPLEO Y SUELDO POR 15 DÍAS, comenzando el 16 de octubre de 2006 y finalizando el 30 de octubre de 2006 (incluidos), solicitándole además que desista de esos comportamientos que generan una tensión innecesaria entre sus compañeros y que atienda a las peticiones de consenso cuando éstas se le ofrezcan.
Copia de este escrito se entrega al Representante legal de los Trabajadores, quien firma dándose por enterado.
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Tengo que desilusionar a los que creen en los finales felices, pues en este cuento no hay final feliz, ni siquiera desarrollo feliz. Aurora era entonces el jefe de personal y junto con la sanción a Candy, redactó una de idéntico texto y resolución para sí misma. El comportamiento de Candy y sus acusaciones y amenazas gratuitas eran intolerables, sí, pero ella nunca debió haber perdido los nervios. Por ello, consideró justo sancionarse a sí misma.
Norton presentó la sanción a Candy ante su hermano Ricardo, guardando silencio sobre la auto-sanción de Aurora, esperando el momento oportuno. Ricardo había sido testigo de parte de los hechos relatados pero aún así lo negó todo delante de sus padres. Se puso impertinente, "chulito", y dijo a Norton que solo sancionaría a Candy si también se sancionaba a Aurora.
Fue el momento en el que Norton mostró el escrito que guardaba y le dijo "Aquí la tienes. Aurora ha preparado esta sanción para sí misma porque es consciente de que no debió perder los nervios. Ahora, si eres tan amable, firma las dos sanciones."
Pero Ricardo nunca las firmó.